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ALGO MAS DE LA LEY 30 de Educacion Superior

CAMPOS DE ACCIÓN Y PROGRAMAS ACADÉMICOS

ARTÍCULO 7o. Los campos de acción de la Educación Superior, son: El de la técnica, el de la ciencia el de la tecnología, el de las humanidades, el del arte y el de la filosofía.

 ARTÍCULO 8o. Los programas de pregrado y de postgrado que ofrezcan las instituciones de Educación Superior, harán referencia a los campos de acción anteriormente señalados, de conformidad con sus propósitos de formación.

 ARTÍCULO 9o. Los programas de pregrado preparan para el desempeño de ocupaciones, para el ejercicio de una profesión o disciplina determinada, de naturaleza tecnológica o científica o en el área de las humanidades, las artes y la filosofía.

 También son programas de pregrado aquellos de naturaleza multidisciplinaria conocidos también como estudios de artes liberales, entendiéndose como los estudios generales en ciencias, artes o humanidades, con énfasis en algunas de las disciplinas que hacen parte de dichos campos.

 ARTÍCULO 10. Son programas de postgrado las especializaciones, las maestrías, los doctorados y los post - doctorados.

 ARTÍCULO 11. Los programas de especialización son aquellos que se desarrollan con posterioridad a un programa de pregrado y posibilitan el perfeccionamiento en la misma ocupación, profesión, disciplina o áreas afines o complementarias.

 ARTÍCULO 12. Los Programas de maestría, doctorado y post-doctorado tienen a la investigación como fundamento y ámbito necesarios de su actividad.

Las maestrías buscan ampliar y desarrollar los conocimientos para la solución de problemas disciplinarios, interdisciplinarios o profesionales y dotar a la persona de los instrumentos básicos que la habilitan como investigador en un área específica de las ciencias o de las tecnologías o que le permitan profundizar teórica y conceptualmente en un campo de la filosofía, de las humanidades y de las artes.PARÁGRAFO. La maestría no es condición para acceder a los programas de doctorado. Culmina con un trabajo de investigación.

 ARTÍCULO 13. Los programas de doctorado se concentran en la formación de investigadores a nivel avanzado tomando como base la disposición, capacidad y conocimientos adquiridos por la persona en los niveles anteriores de formación.

 El doctorado debe culminar con una tesis.

 ARTÍCULO 14. Son requisitos para el ingreso a los diferentes programas de Educación Superior, además de los que señale cada institución, los siguientes:

 a) Para todos los programas de pregrado, poseer título de bachiller o su equivalente en el exterior y haber presentado del Examen de Estado para el ingreso a la Educación Superior. <Jurisprudencia - Vigencia>

b) Para los programas de especialización referidos a ocupaciones, poseer el título en la correspondiente ocupación u ocupaciones afines.

 c) Para los programas de especialización, maestría y doctorado, referidos al campo de la tecnología, la ciencia, las humanidades, las artes y la filosofía, poseer título profesional o título en una disciplina académica.

 PARÁGRAFO. Podrán igualmente ingresar a los programas de formación técnica profesional en las instituciones de Educación Superior facultadas para adelantar programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental, quienes reúnan los siguientes requisitos:

 a) Haber cursado y aprobado la Educación Básica Secundaria en su totalidad.

 b) Haber obtenido el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y

 c) Haber laborado en el campo específico de dicha capacitación por un período no inferior a dos (2) años, con posterioridad a la capacitación del SENA. <Jurisprudencia - Vigencia>

ARTÍCULO 15. Las instituciones de Educación Superior podrán adelantar programas en la metodología de educación abierta y a distancia, de conformidad con la presente Ley.

 

                     CAPÍTULO I. DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CESU)

 ARTÍCULO 34. Créase el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), de carácter permanente, como organismo del Gobierno Nacional vinculado al Ministerio de Educación Nacional, con funciones de coordinación, planificación, recomendación y asesoría.

 ARTÍCULO 35. El Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), estará integrado así:

 a) El Ministro de Educación Nacional, quien lo preside.

b) El Jefe del Departamento Nacional de Planeación.

 c) El Rector de la Universidad Nacional de Colombia.

 d) El Director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Francisco José de Caldas", Colciencias.

e) Un Rector de la universidad estatal u oficial.

f) Dos Rectores de universidades privadas.

g) Un Rector de universidad de economía solidaria.

h) Un Rector de una institución universitaria o escuela tecnológica, estatal u oficial.

i) Un Rector de institución técnica profesional estatal u oficial.

j) Dos representantes del sector productivo.

k) Un representante de la comunidad académica de universidad estatal u oficial.

l) Un profesor universitario.

m) Un estudiante de los últimos años de universidad.

n) El Director del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes), con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO. Para la escogencia de los representantes establecidos en los literales e), f), g), h), i), j), k), l) y m), el Gobierno Nacional establecerá una completa reglamentación que asegure la participación de cada uno de los estamentos representados, los cuales tendrán un período de dos años.

Esta reglamentación será expedida dentro de los seis (6) meses siguientes a la vigencia de la presente Ley.

SITUACION DE ENUNCIACION

 

        Este es un proceso en el cual se debe analizar la forma en que se expresan las ideas en un texto. Este es un ejercicio simple que se puede realizar con un mínimo esfuerzo, siempre y cuando se tomen en cuenta los siguientes puntos:

 1. Identificar cual es la tonalidad predictiva, es decir, identificar quien esta expresando la idea (un historiador, un científico, un político, etc.).

 2. Definir la tonalidad apreciativa, aquí se debe identificar como lo dice; cual es la forma en que expresa las ideas (como agradecimiento, como un cuestionamiento, etc.).

 3. Por ultimo hay que descubrir cual es la intencionalidad, ósea, desvelar con que fin lo dice (informar, persuadir, etc.).

 Si se realiza este sencillo procedimiento es muy fácil llevar a cabo el desarrollo de la situación de enunciación.

 

 

 

MICROESTRUCTURA

 

Este es un proceso meticuloso y detallado en el cual se debe identificar las palabras claves de un texto. Para reconocer cuales son las palabras claves debemos registrar cuales son las palabras que mas se repiten y  enumerarlas. Además debemos realizar un ejercicio de reconocimiento en el cual se deben determinar cuales son las generalizaciones y los sinónimos, esto nos permite descubrir con más precisión el rumbo del texto por medio de palabras.  

 Otro proceso sencillo e importante que se puede hacer en la categoría microestructural, es le desarrollo de las cadenas referenciales. Que no son más que palabras que expresan o hacen referencia a ideas o situaciones nombradas con anterioridad o que van ser  expresadas posteriormente.

 Las cadenas referenciales pueden ser anaforicas (que hacen alusión a ideas anteriores) o catafóricas (se refiere a ideas que serán nombradas posteriormente).

MACROESTRUCTURA

 

 

 

En la macroestructura es una es especie de decodificación  a nivel de párrafos, en esta decodificacion hay que hallar una  organización secuencial de los párrafos, es decir la  correcta línea de fluidez  de ideas en un texto. Además hay que tener en cuenta que en la macroestructura se utiliza la inferencia propocicional, esta se   utiliza para reconocer el inicio o introducción del texto y  las conclusiones o el final del texto.

 

Por cierto, debemos tener en cuenta que si en la introducción se plantean incógnitas o cuestionamientos, en las conclusiones debe haber sugerencias o respuestas a dichos interrogantes.

 

 

ANTONI GAUDI

Gaudí fue un arquitecto con un sentido innato de la geometría y el volumen, así como una gran capacidad imaginativa que le permitía proyectar mentalmente la mayoría de sus obras antes de pasarlas a planos. De hecho, pocas veces realizaba planos detallados de sus obras; prefería recrearlos sobre maquetastridimensionales, moldeando todos los detalles según los iba ideando mentalmente. En otras ocasiones, iba improvisando sobre la marcha, dando instrucciones a sus colaboradores sobre lo que tenían que hacer.

Dotado de una fuerte intuición y capacidad creativa, Gaudí concebía sus edificios de una forma global, atendiendo tanto a las soluciones estructurales como las funcionalesdecorativas. Estudiaba hasta el más mínimo detalle de sus creaciones, integrando en la arquitectura toda una serie de trabajos artesanales que dominaba él mismo a la perfección: cerámicavidrieríaforjahierrocarpintería, etc. Asimismo, introdujo nuevas técnicas en el tratamiento de los materiales, como su famoso “trencadís” hecho con piezas de cerámica de desecho. de

Después de unos inicios influenciado por el arte neogótico, así como ciertas tendencias orientalizantes, Gaudí desembocó en el modernismo en su época de mayor efervescencia, entre finales del siglo XIX y principios del XX. Sin embargo, el arquitecto reusense fue más allá del modernismo ortodoxo, creando un estilo personal basado en la observación de la naturaleza, fruto del cual fue su utilización de formas geométricas regladas, como el paraboloide hiperbólico, el hiperboloide, el helicoide y el conoide.

LEY 30 de Educacion Superior

CAPÍTULO IV.
DEL SISTEMA DE UNIVERSIDADES ESTATALES U OFICIALES

ARTÍCULO 81. Créase el Sistema de Universidades del Estado, integrado por todas las universidades estatales u oficiales el cual tendrá los siguientes objetivos:
a) Racionalizar y optimizar los recursos humanos, físicos, técnicos y financieros.
b) Implementar la transferencia de estudiantes, el intercambio de docentes, la creación o fusión de programas académicos y de investigación, la creación de programas académicos conjuntos, y
c) Crear condiciones para la realización de evaluación en las instituciones pertenecientes al sistema.
REGLAMENTADO DECRETO 1210 DE 1993

ARTÍCULO 82. El Ministro de Educación Nacional reglamentará el funcionamiento de este sistema, según las recomendaciones del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU).

ARTÍCULO 83. Las universidades estatales u oficiales deberán elaborar planes periódicos de desarrollo institucional, considerando las estrategias de planeación regional y nacional.

 

CAPÍTULO II.
DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO
Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR (ICETEX)

ARTÍCULO 112. Para proveer y mantener un adecuado financiamiento de las matrículas y sostenimiento de los estudiantes, se fortalece el fondo de crédito educativo del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX).
Este fondo contará con los recursos provenientes de:
a) Rentas propias del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX).
b) Aportes del Presupuesto Nacional.
c) Recursos del Ahorro Educativo.
d) El producto de las multas a que hace relación el artículo 48 de la presente ley.
e) Líneas de crédito nacional.
f) Líneas de crédito internacional con el aval de la Nación.
CONCORDADO LEY 48 DE 1993 (ART 40); LEY 70 DE 1993 (ART 40); LEY 105 DE 1993 (ART. 58); LEY 590 DE 2000 (ART. 33).
REGLAMENTADO DECRETO 114 DE 1996 (ART. 31); DECRETO 1413 DE 2001 (ART. 2)

ARTÍCULO 113. El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX), a través de un fondo creado con recursos del Presupuesto Nacional, será garante de los préstamos otorgados por el sector financiero a los estudiantes de Educación Superior de escasos recursos económicos.

PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional reglamentará esta materia y establecerá las comisiones que pueda cobrar el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) por este concepto.
Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-547 de 1994, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz.
REGLAMENTADO DECRETO 982 DE 2000

LEY 30 de Educacion Superior

CAPÍTULO II.
OBJETIVOS

ARTÍCULO 6o. Son objetivos de la Educación Superior y de sus instituciones:
a) Profundizar en la formación integral de los colombianos dentro de las modalidades y calidades de la Educación Superior, capacitándolos para cumplir las funciones profesionales, investigativas y de servicio social que requiere el país.
b) Trabajar por la creación, el desarrollo y la transmisión del conocimiento en todas sus formas y expresiones y, promover su utilización en todos los campos para solucionar las necesidades del país.
c) Prestar a la comunidad un servicio con calidad, el cual hace referencia a los resultados académicos, a los medios y procesos empleados, a la infraestructura institucional, a las dimensiones cualitativas y cuantitativas del mismo y a las condiciones en que se desarrolla cada institución.
d) Ser factor de desarrollo científico, cultural, económico, político y ético a nivel nacional y regional.
e) Actuar armónicamente entre sí y con las demás estructuras educativas y formativas.
f) Contribuir al desarrollo de los niveles educativos que le preceden para facilitar el logro de sus correspondientes fines.
g) Promover la unidad nacional, la descentralización, la integración regional y la cooperación interinstitucional con miras a que las diversas zonas del país dispongan de los recursos humanos y de las tecnologías apropiadas que les permitan atender adecuadamente sus necesidades.
h) Promover la formación y consolidación de comunidades académicas y la articulación con sus homólogas a nivel internacional.
i) Promover la preservación de un medio ambiente sano y fomentar la educación y cultura ecológica.
j) Conservar y fomentar el patrimonio cultural del país.
CONCORDADO ARTÍCULOS 70, 71 Y 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; LEY 29 DE 1990; LOS ARTÍCULOS 34 A 36 DE LA LEY 70 DE 1993; LEY 99 DE 1993; LOS ARTÍCULOS 6 Y 13 DE LA LEY 115 DE 1994; EL ARTICULO 3 DEL DECRETO 2790 DE 1994

 

la ley 30 habla de cosas que se tendrian que hacer para que la educacion fuera mejor en Colombia, pero realmente no es asi como funciona esta pais, aqui no se preocupan realmene por lo que le suceda a la gente  estudiantil, solo buscan como enriquecerse y no hacen nada para que la gente salga de su ignorancia.

Es diagrama representacion semantica las conexiones

Es un diagrama de representación semántica de las conexiones entre las porciones de información. Presentando estas conexiones de una manera gráfica radial, no lineal, estimula un acercamiento reflexivo para cualquier tarea de organización de datos, eliminando el estímulo inicial de establecer un marco conceptual intrínseco apropiado o relevante al trabajo específico.